Cómo solicitar la ayuda adicional de Medicare

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Medicare para tontos, 3ª Edición

Por Patricia Barry

Copyright © 2018 por AARP. Todos los derechos reservados.

Tal vez sus ingresos y recursos sean limitados, pero usted no está inscrito en uno de los programas de Medicare que lo califican para recibir Ayuda Adicional automáticamente. En este caso, usted necesita solicitar Ayuda Adicional. Usted puede solicitar en cualquier momento – cuando se inscriba por primera vez en Medicare, cuando experimente algún cambio en su vida que reduzca sus ingresos, o si ya está inscrito en la Parte D y acaba de darse cuenta de que existe Ayuda Adicional.

La solicitud implica llenar un formulario y enviarlo a la Administración del Seguro Social (no a Medicare), la cual decide si usted califica. Aquí están las respuestas a las preguntas que la gente a menudo hace sobre este proceso.

¿Cómo puedo obtener el formulario?

Utilice uno de los siguientes métodos para obtener el formulario de solicitud:

  • En línea: Usted puede llenar y presentar el formulario en línea en el sitio del Seguro Social. Puede utilizar este sitio para solicitar directamente en línea, pero sólo en inglés. Usted puede imprimir este formulario para llenarlo como una práctica antes de hacer la solicitud en línea, pero no puede enviar por correo esa copia impresa en lugar de la solicitud en línea. Las instrucciones completas también se encuentran en este sitio.
  • Por teléfono: Llame gratis al Seguro Social al 800-772-1213 (TTY 800-325-0778) y pida que le envíen el formulario (en inglés o en español).
  • En persona: Puede obtener un formulario (y ayudar a llenarlo si lo necesita) en la oficina local del Seguro Social o en la oficina del Programa Estatal de Asistencia sobre Seguros de Salud (SHIP).
  • Por correo (sin solicitarlo): El Seguro Social envía una solicitud de Ayuda Adicional a prácticamente todas las personas que se afilian a Medicare.

¿Qué pasa si el inglés no es mi primer idioma?

La solicitud puede ser llenada solamente en inglés o español, pero las instrucciones detalladas están disponibles en 15 idiomas además del inglés: Árabe, armenio, chino, farsi, francés, griego, criollo haitiano, italiano, coreano, polaco, portugués, ruso, español, tagalo y vietnamita. Usted puede encontrar estas direcciones en línea. Haga clic en el nombre del idioma que habla y luego elija la información de Ayuda Adicional. También puede obtener ayuda de su SHIP solicitando hablar con un consejero que hable su propio idioma materno.

¿Qué se considera como ingreso?

Usted debe incluir en el formulario cualquiera de estos que se apliquen a usted:

  • Salarios antes de impuestos o ganancias de trabajo por cuenta propia
  • Beneficios de Seguro Social o de jubilación ferroviaria antes de las deducciones
  • Beneficios para veteranos
  • Pensiones y anualidades
  • Compensación al trabajador
  • Pensión alimenticia
  • Ingreso neto de propiedades en alquiler

Puedes dejar de lado

  • Efectivo o crédito de un préstamo o de una hipoteca al revés
  • Reembolsos del impuesto federal sobre la renta y pagos de créditos del impuesto sobre la renta del trabajo
  • Indemnización a las víctimas
  • Becas y subsidios de estudios
  • Ayuda de cupones de alimentos, una agencia de vivienda, un programa de asistencia de energía o un programa de reubicación pública.
  • Ayuda de cualquier persona que contribuya a sus impuestos sobre alimentos, hipotecas, alquileres, combustible para calefacción, gas, electricidad, agua y propiedad.
  • Ayuda para pagar el tratamiento médico y los medicamentos
  • Asistencia en caso de catástrofe

¿Qué son los activos?

Los activos, también llamados recursos, son el valor de ciertas cosas que usted posee, principalmente ahorros. Usted debe incluir cualquiera de estos que tenga:

  • Cuentas bancarias, incluyendo cheques, ahorros y certificados de depósito
  • El producto de un préstamo si se ahorra más allá del mes en que se recibe.
  • Dinero en efectivo guardado en casa o en cualquier otro lugar
  • Cuentas de jubilación individuales (IRAs) y 401(k) s
  • Acciones y bonos
  • Fondos de inversión
  • Bienes raíces (aparte de su casa principal)

Puedes dejar de lado

  • Su casa principal y la tierra en la que se encuentra
  • Su(s) vehículo(s)
  • Artículos personales, incluyendo joyas y muebles
  • Propiedades que usted necesita para mantenerse a sí mismo, como la tierra usada para cultivar sus propios alimentos.
  • Parcelas funerarias
  • Pólizas de seguro de vida

Las reglas del Seguro Social para la Ayuda Adicional no le impiden gastar menos o regalar algunos de sus ahorros para reducirlos por debajo del límite de activos. Sólo se cuenta lo que tiene durante el mes en que lo solicita. Sin embargo, tenga en cuenta que las donaciones o los gastos reducidos pueden afectar su elegibilidad para otros programas de asistencia, especialmente Medicaid, que tiene reglas estrictas sobre este tema, si se da cuenta de que los necesita dentro de unos años.

¿Qué se considera «soltero» y «casado» a efectos de los ingresos?

Los niveles de ingresos son para personas solteras o parejas casadas «que viven juntas», independientemente de si son cónyuges del sexo opuesto o del mismo sexo. Si está casado y vive con su cónyuge, ambos pueden solicitar en el mismo formulario. Si sólo uno de ustedes está solicitando, todavía tiene que proporcionar información sobre los ingresos y bienes de su cónyuge. Usted cuenta como soltero si está casado pero vive separado; si su cónyuge vive permanentemente en un hogar de ancianos u otro tipo de cuidado a largo plazo; o si tiene una pareja doméstica. Sin embargo, si usted está en un matrimonio de hecho, consulte con el Seguro Social porque ser reconocido como soltero o casado puede depender de las leyes de su estado.

¿Qué pasa si estoy apoyando a otros miembros de la familia?

Si algún pariente – emparentado con usted por sangre, matrimonio o adopción – vive con usted y depende de usted (o de su cónyuge) para al menos la mitad de su manutención, asegúrese de responder a la pregunta sobre el tamaño de la familia. Cada persona adicional aumenta los límites de ingresos y aumenta sus posibilidades de calificar para la Ayuda Adicional.

¿Quién puede ayudarme a presentar la solicitud?

Muchas circunstancias – como estar enfermo o haber enviudado recientemente, por nombrar sólo dos – pueden hacerle sentir que tratar con esta solicitud por su cuenta está más allá de su alcance en este momento. En ese caso, no dude en pedir ayuda. Mucha gente puede ayudarlo a presentar la solicitud:

  • Alguien que conoces: Cualquiera puede ayudarle a llenar la solicitud o incluso a presentarla en su nombre: un familiar, un amigo, un representante legal, un trabajador social o cualquier persona que usted elija para que actúe en su nombre.
  • Ayuda personal gratuita y experta: Los consejeros de su programa SHIP están capacitados para ayudar a las personas a clasificar sus opciones de la Parte D, incluso para ayudarlas a solicitar Ayuda Adicional.
  • Seguridad Social: Si necesita ayuda para responder preguntas específicas, llame al Seguro Social al 800-772-1213 (TTY 800-325-0778) o visite su oficina local del Seguro Social.
  • Grupos comunitarios: Usted puede ser miembro de una casa de adoración, centro de ancianos u otro grupo comunitario que pueda ayudarle a llenar el formulario. Si el inglés no es su lengua materna, una organización o grupo para personas de su propia nacionalidad puede ser especialmente útil en este sentido.

¿Cómo completo el proceso de solicitud?

Usted firma el formulario, lo que significa que está declarando legalmente que toda la información que ha proporcionado es verdadera a su leal saber y entender. Si están casados y viven juntos, su cónyuge también debe firmarlo, incluso si no está solicitando Ayuda Adicional. Si alguien más firma por usted, debe llenar la sección del formulario que le pide su nombre, dirección y relación personal o profesional con usted. A continuación, puede enviar el formulario a través de

  • Utilizando el formulario de solicitud impreso: Sólo póngalo en el sobre con su dirección y envíelo por correo. Si el sobre falta o se pierde, envíe el formulario a la Administración del Seguro Social, Wilkes-Barre Data Operation Center, P.O. Box 1020, Wilkes-Barre, PA 18767.
  • Aplicando al Seguro Social en línea: Las instrucciones en línea en el sitio web del Seguro Social le indican exactamente qué hacer. Debe responder a todas las preguntas antes de firmar el formulario electrónicamente y enviarlo.
  • Solicitud en el sitio web de BenefitsCheckUp: Usted puede solicitar Ayuda Adicional usando el mismo formulario en línea. Pero este sitio también revisa automáticamente su información y le permite saber si usted califica para otros beneficios, tales como asistencia para pagar por alimentos, combustible y refugio.

¿Qué sucede después de la solicitud?

Así que ha enviado su solicitud y ha cruzado los dedos, esperando una decisión. ¿Qué es lo siguiente?

  • El Seguro Social le envía una notificación diciendo que ha recibido su solicitud y que la está procesando. Si no recibe este aviso dentro de un par de semanas después de solicitarlo, llame al Seguro Social al 800-772-1213 (TTY 800-325-0778) para verificar lo que está sucediendo.
  • Si tiene preguntas adicionales, puede recibir noticias del Seguro Social por teléfono o por correo. La agencia se pondrá en contacto con usted si su solicitud está incompleta o si parte de su información financiera no coincide con otros registros gubernamentales.
  • Es posible que reciba una notificación previa a la decisión en la que se le informe que es probable que su solicitud sea rechazada. Este documento especifica qué información en su solicitud hará que se le niegue la Ayuda Adicional – por ejemplo, que sus ingresos o bienes están por encima de los límites. Si esa información es incorrecta, este aviso le da la oportunidad de corregirla. Debe hacerlo dentro de los diez días siguientes a la fecha de la notificación llamando o visitando su oficina local del Seguro Social al número o dirección que figura en la notificación.
  • El Seguro Social decide si usted es elegible para recibir Ayuda Adicional. Usted debe enterarse dentro de los 60 días de que el Seguro Social haya recibido su solicitud – tal vez antes. Usted recibirá un «Aviso de adjudicación» que dice que usted califica para recibir ayuda adicional total o parcial o un «Aviso de negación» que dice que usted no califica. La notificación de rechazo contiene instrucciones completas sobre cómo apelar la decisión si usted no está de acuerdo con ella.

¿Qué pasa si el Seguro Social me rechaza?

Usted siempre puede apelar la decisión del Seguro Social si no está de acuerdo con ella. Usted debe apelar dentro de los 60 días de haber recibido una decisión, de una de dos maneras:

  • Solicite una audiencia telefónica. Llame a su oficina local del Seguro Social o al número nacional (800-772-1213 o TTY 800-325-0778) y pida que le envíen un formulario de solicitud de apelación. Rellénelo y envíelo por correo. Recibirá una carta confirmando la fecha de su audiencia y el número al que debe llamar. (Puede solicitar una llamada en conferencia si desea que alguien más lo ayude por teléfono). La carta también explica cómo enviar cualquier documento que apoye su caso.
  • Pida una revisión del caso. Una revisión de caso significa que un agente del Seguro Social revisa su solicitud y cualquier información adicional que usted haya enviado, pero no puede presentar su caso en persona.

Después de que el Seguro Social haya revisado su apelación, usted recibirá una carta notificándole la decisión. Si gana, recibirá Ayuda Adicional con fecha anterior al primer día del mes en el que solicitó el beneficio originalmente. Si usted pierde pero sigue en desacuerdo con la decisión, puede presentar otra apelación ante un tribunal federal dentro de los 60 días de haber recibido la carta.

Si esta vez se le niega la Ayuda Adicional, no deje que eso lo desanime a volver a solicitarla, especialmente si sus ingresos o bienes no estaban muy por encima de los límites. Tenga en cuenta que los límites aumentan ligeramente cada año, e incluso un pequeño descenso en sus propias finanzas puede permitirle calificar a través de una nueva solicitud.

Si califico, ¿cuánto tiempo dura mi Ayuda Adicional?

En la mayoría de los casos, usted continúa recibiendo Ayuda Adicional hasta el final del año, sin importar si sus circunstancias financieras han cambiado durante los 12 meses anteriores. Pero continuar recibiendo Ayuda Adicional el próximo año, a partir del 1 de enero, depende de si ha mejorado financieramente este año. Usted puede perder la Ayuda Adicional (o recibir un beneficio reducido) el próximo año si

  • Sus ingresos superan los límites de la Ayuda Adicional.
  • El valor de sus ahorros y otros activos contables se eleva por encima de los límites de activos para la Ayuda Adicional.
  • Usted deja de calificar para uno de los programas que lo hace elegible automáticamente para recibir Ayuda Adicional – Medicaid, SSI, que sus primas sean pagadas por su estado, o que esté en un programa de reducción de gastos de Medicaid.

Además, si alguno de los siguientes eventos matrimoniales ocurre durante el año, se espera que usted los reporte inmediatamente para que su elegibilidad para la Ayuda Adicional pueda ser revisada:

  • Su cónyuge muere.
  • Usted y el cónyuge con el que ha estado viviendo empiezan a vivir separados, se divorcian o anulan su matrimonio.
  • Usted y su cónyuge comienzan a vivir juntos de nuevo después de estar separados.
  • Tú te casas.

Si cualquiera de estos eventos le sucede a usted, llame al Seguro Social (800-772-1213 o TTY 800-325-0778) para reportarlo. Se le pide que complete un formulario de redeterminación por teléfono, en su oficina local del Seguro Social o por correo. Si lo hace dentro de los 90 días siguientes a la presentación del informe, el Seguro Social decidirá si aumenta o reduce su Ayuda Adicional, si la termina o si la deja sin cambios. Cualquier cambio tiene lugar el mes siguiente al mes en el que usted presentó el informe. Pero si no completa el formulario requerido dentro de los 90 días, su Ayuda Adicional será cancelada.

¿Cómo sé si mi Ayuda Adicional continuará?

Lo que sucederá el próximo año, y cómo lo averigüe, depende de cómo calificó para la Ayuda Adicional en primer lugar, como se indica a continuación:

  • Si usted calificó para la Ayuda Adicional automáticamente: Si nada ha cambiado, no necesitas hacer nada. Seguirá recibiendo Ayuda Adicional. Pero si ya no recibe ayuda de Medicaid o SSI o si su estado paga sus primas, Medicare le enviará un aviso en papel gris diciendo que ya no califica automáticamente para recibir Ayuda Adicional pero que aún así puede solicitarla.
  • Si usted califica para recibir Ayuda Adicional a través de un programa de gastos médicos de Medicaid: Si sus gastos médicos este año han sido lo suficientemente altos como para mantenerlo con Medicaid al final del año, todavía recibirá Ayuda Adicional el próximo año. Pero si esos gastos ya no son lo suficientemente altos como para calificar para Medicaid, probablemente recibirá una carta diciendo que sus beneficios de Ayuda Adicional cesarán a partir del 1 de enero. El momento oportuno puede marcar la diferencia aquí. Si su nombre todavía está en el sistema en julio, cuando Medicare compila su lista de personas elegibles automáticamente para recibir Ayuda Adicional el próximo año, usted continuará recibiendo beneficios durante todo el próximo año.
  • Si usted calificó para recibir Ayuda Adicional al solicitarla: En agosto o septiembre, usted puede recibir una carta del Seguro Social preguntándole si sus circunstancias financieras han cambiado. Si es así, debe llenar el formulario y devolverlo dentro de los 30 días. Si no lo devuelve, su Ayuda Adicional termina el 31 de diciembre. El Seguro Social revisa su información y le informa si aún califica para recibir Ayuda Adicional el próximo año y, de ser así, si sus beneficios cambiarán. Por ejemplo, si sus ingresos han bajado, usted puede recibir copagos más bajos el próximo año – o, si ha subido por encima de cierto nivel, usted puede recibir Ayuda Adicional parcial en lugar de completa. Cualquier cambio comienza el 1 de enero.